
martes, 17 junio, 2025


Condena con 1.600 € a un padre e hijo por insultar a una personas con discapacidad en redes sociales.
El Abogado del Demandante, Carlos Chamorro Gámez, recurrirá el fallo, pues cree que estas disculpas hacia su representado se produjeron después de que conocieran la existencia de la demanda, donde el demandante tiene uan discapacidad de un 33%
El Juzgado de Instancia e Instrucción número 5 de Linares condena a un padre e hijo a pagar con 1600€ a una persona con discapacidad intelectuales por los graves insultos recibido mientras que estaba haciendo una crónica de un partido de Baloncesto donde participaba un club linarense en un campeonato de Andalucía.
La sentencia considera que los comentarios vertidos, tales como «tonto del culo», «tonto», «discapacitado», “si es que no te da» o «retrasado mental», constituyen una intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante, titular de itular de un digital deportivo de la ciudad.
Tal sentencia a la que este medio Tveo Television le condena al padre y al hijo hacer la sentencia publica en la misma red donde insultaron a esta persona , titular de una cuenta deportiva , que los comentarios vertidos, tales como «tonto del culo», «tonto», «discapacitado», “si es que no te da» o «retrasado mental», y donde recibió tal comentario en Facebook «Esta página de deporte no debería dirigirla un retrasado mental. Literalmente tiene una minusvalía y ni siquiera sabe cómo escribir».
El Juzgado de Instancia e Instrucción número 5 de Linares condena a un padre e hijo a pagar con 1600€ a una persona con discapacidad intelectuales por los graves insultos recibido mientras que estaba haciendo una crónica de un partido de Baloncesto donde participaba un club linarense en un campeonato de Andalucía.
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